El pasado 23 de diciembre entró en vigor la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema empresarial emergente, también conocida como «Ley Startups«, con la que se busca establecer el marco normativo para apoyar la creación y crecimiento de la empresa startups, cada vez más común en nuestro país. Por ejemplo, para aquellas startups francesas en España, que llegan nuevas a este país.
Es importante conocer qué requisitos específicos deben cumplir estas compañías para tener la condición de startup y acogerse a los beneficios y especialidades de esta Ley, incluido su carácter empresarial innovador y el carácter evolutivo de su modelo de negocio.
Tal y como afirma Alaia Asensio, abogada procesalista de Linkia Legal, para el medio «Le Petit Journal«, «en 2022 España contaba con 12.041 startups, un 8% más que en 2021, lo que le sitúa como el cuarto país europeo con mayor número de startups, por detrás de Reino Unido, Francia y Alemania».
Las características y procedimiento necesario para la obtención del reconocimiento de este estatus se llevó a cabo mediante la Orden PCM/825/2023, de 20 de julio, en el que se definieron los criterios y procedimientos para la obtención de la denominada certificación del carácter innovador de las empresas emergentes. «Además, a través de esta acreditación, se cree que las empresas aumentarán su credibilidad ante posibles inversores y clientes potenciales«, afirma.
La empresa encargada de certificar la calificación de startups de las empresas interesadas en esta Ley es la Empresa Nacional de Innovación, Pyme, SA (ENISA), que dispone de un procedimiento sencillo, rápido y gratuito para las empresas candidatas. El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha anunciado que han recibido ya más de mil solicitudes de certificación.
«Como resultado, el gobierno estima que al menos 10.000 startups están solicitando esta acreditación, lo que no solo es una gran oportunidad para las empresas, que podrán beneficiarse de esta Ley, sino que tendrán también un efecto estimulante sobre nuestra economía«, añade Alaia.
Se reduce el Impuesto de Sociedades del 25% hasta el 15%, aplicable al primer ejercicio en el que se obtengan beneficios y a los tres siguientes, y se podrá aplazar el pago del impuesto durante los dos primeros años de actividad, sin garantías ni intereses de demora.
Eliminación de la obligación de darse de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) durante tres años cuando se esté en régimen de pluriactividad, como trabajador por cuenta ajena en otra empresa.
Se reduce a un tipo del 24% durante el periodo impositivo en que se haga efectivo el cambio de residencia y durante los cinco periodos impositivos siguientes. Hay que sumar también la exención de las rentas del trabajo en especie ya exentas del IRPF.
Algunos trámites se podrán realizar en la Oficina Nacional de Emprendimiento de manera electrónica.
Se elimina, también, la exigencia de obtención de número de identidad de extranjero para los inversores que no tengan nacionalidad ni residencia española. Bastará con el pasaporte para acreditar la identidad para darse de alta en la Seguridad Social durante los primeros seis meses de residencia o estancia en España.
Si la empresa se encuentra al corriente de pagos a la Administración Tributaria y a la Seguridad Social durante los últimos cinco años podrá solicitarlo. No deberá estar sujeta a un procedimiento de devolución de subvenciones previamente otorgadas.
Aumento del importe de la exención hasta 50.000 euros anuales en caso de emisión de Opciones sobre Acciones para empleados.
Esto permite incrementar la base de deducción por inversión hasta los 100.000 euros anuales, con un tipo que pasa del 30% al 50%.
Los trabajadores autónomos de la totalidad de su cotización podrán deducirse lo correspondiente a la base mínima del régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores autónomos por su dedicación a la puesta en marcha durante los tres primeros años.
«Estos son solo algunos de los múltiples beneficios fiscales, sociales y administrativos que proporciona la Ley Startups, de modo que la obtención de la certificación del carácter innovador de las empresas emergentes se convierte en un factor clave para el emprendimiento», concluye Alaia.
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